En el "Manual de estilo del lenguaje administrativo" (Ministerio para las Administraciones Públicas, Madrid, 1990) pp. 143-144 se declara lo siguiente:
"Entre las distintas clases de tratamientos honoríficos tradicionales en la Administración Pública, los personales por razón del cargo han quedado totalmente anticuados con respecto a la vida y a la sociedad actuales .
De aquellos tratamientos graves y solemnes (Vuestra Ilustrísima; Vuestra Señoría), aplicables a cargos administrativos elevados y aun medianos, se ha pasado a una relación igualadora en el trato personal cuya máxima diferenciación en las relaciones sociales normales es el usted.
Si embargo, a pesar de las disposiciones oficiales que proscriben el uso de tratamiento personal en la Administración Pública (Orden Ministerial de 7 de julio de 1986, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 22 de julio), la pervivencia de estos usos en los documentos constituye un fenómeno curioso que demuestra hasta qué punto existe una fijación social en la acuñación y el uso de estas fórmulas.
Por consiguiente, parece adecuado recomendar a aquellas personas que se relacionen con funcionarios públicos en el desempeño de sus puestos de trabajo la supresión de toda clase de tratamientos personales de carácter honorífico, desde Director General para abajo en la escala jerárquica (desde la aprobación del Código de Buen Gobierno también se ha suprimido respecto a los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Nación), anteponiendo a la denominación de su empleo o cargo la fórmula normal de señor (Sr. Director General; Sr.Jefe de Sección...), lo que refuerza de manera simbólica la idea de que los puestos de trabajo en la administración pública no poseen un carácter reverencial, sino que están servidos por hombres y mujeres a los que la colectividad remunera para que presten el mejor servicio posible a los ciudadanos y a los que hay que dar un trato normal de cortesía en consonancia con los modos sociales actuales."