JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 11

MURCIA

 

AVDA. JUAN CARLOS I, 59 (EDIFICIO DIMOVIL) ESPINARDO-MURCIA.

 

5016K  

N.I.G.: 30030 1 1100148 /2003

Procedimiento: EJECUCION HIPOTECARIA 164 /2003  

Sobre OTRAS MATERIAS  

De D/ña.  BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.

Procurador/a Sr/a. CARLOS MARIO JIMENEZ MARTINEZ

Contra D/ña. JOSÉ ÁNGEL BELMONTE LISÓN  

Procurador/a Sr/a. SIN PROFESIONAL ASIGNADO

 

 

EDICTO

 

D. JUAN LUIS BAÑÓN GONZÁLEZ  Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº 11  de MURCIA .

 

HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución hipotecaria seguido en dicho Juzgado con el nº 164 /2003  a instancia de  BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.  contra JOSÉ ÁNGEL BELMONTE LISÓN, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

 

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:

 

URBANA: SEIS.- VIVIENDA en primera planta alta sobre la baja, del edificio de que forma parte, sito en Murcia, Barrio de Santiago el Mayor , con fachadas a calle de Pío XII, calle de nueva apertura y calle sin nombre.- Es de tipo C.- Tiene su acceso por la escalera número dos.-Está distribuída en diferentes dependencias.- Tiene una supercie útil de 89 metros y 88 decímetros cuadrados.-Linda: Derecha entrando, patio distribuidor interior; izquierda, calle Pió XII; fondo, vivienda tipo B de esta planta; y frente, caja de escalera y vivienda de tipo D de esta planta.- Esta vivienda tiene de su uso exclusivo una plaza de garaje con una superficie útil total de 25 metros y 92 decímetros cuadrados, situada en el sótano del edificio y señalada con el número cinco.

 

FINCA 12.427, LIBRO 178 de la SECCIÓN 8ª del Registro de la Propiedad de Murcia número Dos.

 

VALOR TASACIÓN: 107.431,32 Euros.

 

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado AVDA. JUAN CARLOS I, 59 (EDIFICIO DIMOVIL) ESPINARDO-MURCIA. ,el día ONCE DE DICIEMBRE DE 2.003 A LAS DIEZ HORAS de su mañana.

 

CONDICIONES DE LA SUBASTA

 

1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

1º.-Identificarse de forma suficiente.

 

2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

 

3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANESTO 0914/0000/06/0164/03  o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito  con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

 

2.- Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

 

3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

 

4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.

 

5.- La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

 

6.- Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si e remate se adjudicare a su favor.

 

 7 .- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado .

 

 

 8 .-Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil .

 

            Si por cualquier circunstancia ajena al Servicio, la notificación del demandado ejecutado, no pudiera llevarse a efecto por ser negativa, la publicación del presente Edicto, servirá de notificación edictal en forma.

 

 

MURCIA  veinte de octubre de dos mil tres

 

EL SECRETARIO JUDICIAL