Arancel de Derechos de los Procuradores de los Tribunales, devengados en asuntos contenciosos seguidos ante un Juzgado de Primera Instancia

 

 

DISPOSICIONES GENERALES

APLICABLES A TODOS LOS ORDENES JURISDICCIONALES

 

 

 

Reintegro de gastos

Reintegro de gastos

Art. 82

El Procurador percibirá, además de los derechos que le correspondan, el reintegro de los gastos que hubiere suplido por la parte a la que represente

 

Auxilio judicial

Por la tramitación o intervención en exhortos, mandamientos, oficios y demás actos de comunicación con otros Organismos públicos, entidades Públicas, privadas o particulares (Ver cuantía)

Art. 83.1

El Procurador percibirá los derechos que constan en la siguiente tabla.

Salidas con la Comisión Judicial en cumplimiento de exhorto, despacho o diligencia fuera del local del Juzgado

Art. 83.2

22,29 € (máx. 24,96; mín. 19,62)

Salidas fuera de la población de su residencia, pero dentro del partido, por razón de cualquier asunto o diligencia o para el cumplimiento de exhortos, oficios o mandamientos.

Art. 84

Devengará 14,86 € (máx. 16,64; mín. 13,08), compatibles con sus derechos en el asunto

 

Copias

Obtención y autorización de copias

Art. 85

0,16 € por hoja (máx. 0,18; mín. 0,14)

Gastos que origine la obtención y autorización de copias

Art. 85

Son por cuenta del Procurador

 

Recepción de notificaciones

Designación de Procurador a los solos efectos de recibir notificaciones, aun cuando no se hubiera personado en el mismo

Art. 89

Percibirá la totalidad de los derechos del pleito o del periodo en que sea designado

 

Desglose de documentos y otras actuaciones

Desglose de documentos. Por la solicitud

Art. 88

2,97 € (máx. 3,33; mín. 2,61)

Exhibición de autos. Por la solicitud

Art. 88.2

2,97 € (máx. 3,33; mín. 2,61)

Expedición de testimonios. Por la solicitud

Art. 88.2

2,97 € (máx. 3,33; mín. 2,61)

Obtención de copia por cualquier otro medio de reproducción admitido por la Ley

Art. 88

2,97 € (máx. 3,33; mín. 2,61)

 

Cuentas

En las cuentas que para hacer efectivos sus derechos formulen los Procuradores, se expresarán los artículos del Arancel aplicables a cada uno de los extremos que aquéllas contengan o de las diligencias o gastos a que se refieran. Art. 86.

 

 

Conservacion de justificantes

El Procurador conservará los justificantes de los gastos y suplidos hechos y estará obligado a exhibirlos al cliente, entregándole, si éste lo reclama, copia de los mismos. Art. 87.

 

 

Cuestiones de competencia

Cuestiones de competencia. En los juicios en que intervengan dos Procuradores en virtud de cuestión de competencia. Percibirán por mitad los derechos que correspondan. Art. 90

 

Devengo de aranceles

Los periodos de percepción fijados en este Arancel se entenderán totalmente devengados desde el momento de su inicio. Art. 91.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tabla a aplicar en caso de intervención del Procurador en actos de comunicación:

 

 

Cuantía hasta, euros

Máx    Mín

300,51

3,31

3,71    2,91

601,01

4,96

5,56    4,36

6010,12

9,92

11,11   8,73

Más de 6010,12

13,22

14,81  11,63

Sin cuantía o inestimable

13,00

14,56  11,44

 

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